Aviso Legal
Condiciones de uso de la página web dkvdecesos.es
El uso de la presente página web está sujeto a las normas que a continuación exponemos. Léalas detenidamente.
Titular de la Página web (Proveedor del Servicio)
Gescobert Correduría de Seguros, es la titular de la presente página web, tiene su domicilio social en el número 5 de la Calle Marie Curie, Edif. Alfa 4º 4.6 (Rivas-Vaciamadrid - Madrid C.P. 28521) y CIF B59191296, está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 41.523, Libro 113, vuelto hoja B-10.466, Inscripción 25ª.
Gescobert Correduría de Seguros S.L. también está inscrita en el Registro Especial de Mediadores de seguros dependiente de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda (entidad encargada de supervisar nuestra actividad). En la página Web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, podrá comprobar la vigencia de nuestra autorización administrativa para actuar como correduría (Autorización
J336) https://dgsfp.mineco.gob.es/es/Entidades/Paginas/rrpp.aspx
Dispone de la Capacidad financiera y Seguro de Responsabilidad Civil según lo previsto en el Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la unión europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
La correduría no mantiene ningún vínculo contractual que le suponga ninguna afección con entidades aseguradoras. En este sentido ofrece asesoramiento independiente, profesional e imparcial a sus clientes.
Ejercicio de la actividad de la correduría (Descripción del Servicio)
De conformidad con lo establecido en Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la unión europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, GESTCOBERT presta sus Servicios de Mediación de Seguros de manera objetiva e independiente, velando por los intereses de sus clientes y representando a éstos frente a las compañías aseguradoras. GESTCOBERT facilita su asesoramiento bajo los principios de independencia frente las compañías aseguradoras, así como de análisis objetivo y personalizado a sus clientes, buscando siempre y en todo caso la cobertura que, de acuerdo con los requerimientos planteados por éstos, mejor se adapta a sus necesidades.
Gescobert Correduría de Seguros, S.L. desarrolla esta actividad mercantil de mediación sin mantener vínculos contractuales que supongan afección con entidades aseguradoras.
Respecto a la remuneración que percibe GESTCOBERT por sus Servicios de Mediación, le informamos a continuación de los distintos sistemas de remuneración que GESTCOBERT tiene implementados por sus Servicios de Mediación de Seguros:
- GESTCOBERT pactará libremente con la compañía aseguradora la comisión que percibirá por la/s póliza/s de seguro/s intermediada/s, o, en su caso, pactará directamente con el cliente, de forma expresa y por escrito, los correspondientes honorarios profesionales, los cuales serán incrementados por los impuestos que en cada momento fueren de aplicación. Igualmente, GESTCOBERT podrá ser remunerado por una combinación de comisiones recibidas de la compañía aseguradora y honorarios percibidos directamente del cliente.
- En adición a lo anterior, GESTCOBERT podrá cobrar, junto con la prima, una cantidad adicional en concepto de gastos de administración cuyo importe será acordado con el cliente.
- Asimismo, se informa que GESTCOBERT puede percibir adicionalmente comisiones de las compañías aseguradoras por servicios accesorios a la Mediación de Seguros, tales como gestión de cobro de primas de seguro y otros sobre la cartera global de pólizas de seguro que intermedia con las distintas compañías aseguradoras.
- Por último, se informa que dentro del grupo GESTCOBERT existen otras sociedades que prestan determinados servicios a compañías aseguradoras tales como correduría de reaseguros, agencia de suscripción de seguros y/o consultoría, distintos e independientes a los Servicios de Mediación de Seguros prestados por GESTCOBERT, pero que pueden estar relacionados con los riesgos objeto de cobertura, pudiendo aquéllas recibir comisiones u honorarios de las compañías aseguradoras por tales servicios.
- Para obtener condiciones de aseguramiento competitivas, GESTCOBERT (directamente o a través de las sociedades de correduría de reaseguros del Grupo GESTCOBERT) podría trabajar con las aseguradoras que suscriben o consideran suscribir sus riesgos, de modo que éstas puedan encontrar (re)aseguradoras para dichos riesgos. Para ayudar a facilitar ese proceso, podemos compartir su información con las sociedades de correduría de reaseguros del Grupo GESTCOBERT y/o con dichas (re)aseguradoras,
pudiendo GESTCOBERT y las sociedades de correduría de reaseguros del Grupo GESTCOBERT, obtener ingresos por la colocación del reaseguro de
dichos riesgos. - En el caso de precisar cualquier aclaración sobre el sistema de remuneración de GESTCOBERT, podrá dirigirse a su interlocutor habitual en GESTCOBERT, quien adquiere el compromiso de facilitar cuantas aclaraciones fueran necesarias a este respecto.
Condiciones de los Contrato de Seguros
Todas las pólizas de seguros que Ud. pueda contratar directamente desde nuestra web o a través de nuestro servicio telefónico, se rigen por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, en el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y su Reglamento de 20 de noviembre de 1998 y por lo dispuesto en la propia póliza tanto en su Condicionado General como Particular.
Sin perjuicio de la información previa a la contratación que se le facilitará al usuario tanto de las Condiciones Generales como de las Particulares, todos los detalles de cobertura y exclusiones irán contenidos junto con la documentación de póliza que con posterioridad a su contratación recibirá en la dirección que nos haya facilitado, debiendo revisar la misma y notificar cualquier error o incidencia que pudiese detectar.
Durante el proceso de contratación on-line el usuario además de disponer en la propia web de una guía con los distintos trámites que deben seguirse para la celebración del contrato, contará en todo momento con la posibilidad de asesoramiento telefónico.
Derecho de desistimiento
De conformidad con el Art. 10 de la Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores, Ud. dispone de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna. El plazo será de 30 días para los seguros de vida.
Este derecho no será de aplicación para los contratos de seguros siguientes:
- Contratos de seguros en que el tomador asume el riesgo de la inversión, así como los contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas a los mismos.
- Los de viaje o equipaje de una duración inferior a un mes.
- Aquellos cuyos efectos terminen antes del plazo al que se refiere el apartado 1 (es decir, 14 día naturales).
- Los que den cumplimiento a una obligación de aseguramiento del tomador.
- Los planes de previsión asegurados.
Para ejercer este derecho será suficiente que el tomador traslade su decisión de desistimiento mediante cualquier procedimiento que permita dejar constancia de la notificación, de cualquier modo, admitido en derecho, con indicación del producto adquirido, número de póliza y compañía aseguradora.
Puede ejercitar su derecho a través del formulario de desistimiento, pero su uso no es obligatorio.
Descargar formulario para el ejercicio del derecho de desistimiento aquí
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, se pone a disposición de los Usuarios la información general relativa a las Empresas que conforman el Grupo Concentra.
- Gescobert Correduría de Seguros S.L.
- UBL BROKERS GRUPO CONCENTRA, S.A
- HISPANIA RISK BROKER CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
- HISPANIA GLOBAL UNDERWRITING CORREDURÍA DE REASEGUROS, S.L.
- Sartorio Agencia de Seguros S.L.U
- Cobertgest Grupo Concentra S.L.
La inscripción de las sociedades de correduría y agencia en el Registro de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones puede comprobarse en la web de dicho organismo:
https://www.dgsfp.mineco.es/es/Distribuidores/PUI/Paginas/pui.aspx
Servicio de atención y defensa del cliente (Medios de Reclamación)
Como establece la normativa sobre protección del cliente de los servicios financieros Gescobert Correduría de Seguros, S.L. cuenta con un departamento de atención al cliente para atender y resolver las quejas y reclamaciones de los consumidores identificado en este documento. La reclamación dirigida a este servicio es de carácter obligatorio en la resolución de carácter extrajudicial.
Gescobert Correduría de Seguros, S.L cumple todas las exigencias sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, disponiendo de un servicio externo de Atención al Cliente, que resolverá sus quejas y reclamaciones en el plazo de dos meses a contar desde el día de su presentación, para la que se deberá remitir el Formulario de reclamación a:
CROWE LEGAL Y TRIBUTARIO BCN, S.L.P.
Teléfono: 93 215 32 23
E-mail: elcol-legi@elcol-legi.org
El procedimiento de resolución de quejas y reclamaciones de los clientes está establecido en el "Reglamento para la Defensa del Cliente".
Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros:
*Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
*Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros.
*Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
En caso de ausencia de respuesta en el plazo antes indicado o de disconformidad con el resultado del pronunciamiento del Servicio de Atención al Cliente o de falta, tiene Ud. la facultad de acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para la presentación de la queja o reclamación ante este. Podrá presentar la queja enviándola a la siguiente dirección postal:
Paseo de la Castellana, 44, 28046 – Madrid. Tel: 952 24 99 82 (Horario: de lunes a viernes laborables de 9:30 a 14:30 h).
La queja o reclamación se puede presentar por medios electrónicos a través de la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, www.dgsfp.mineco.es.
Responsabilidad de la Correduría (Garantía del medio)
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Gescobert Correduría de Seguros, S.L. pone todos los medios de seguridad y control de que dispone, con la finalidad de reducir al máximo los problemas ocasionados por errores de carácter técnico. No obstante, algunos datos o informaciones contenidos en la web pueden haber sido creados o estructurados en archivos o formatos no exentos de errores, por lo que no se puede garantizar que el servicio no quede interrumpido temporalmente o se vea afectado de cualquier otra forma por tales problemas técnicos.
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Gescobert Correduría de Seguros, S.L. muestra en su web información de promociones y ofertas facilitados por las distintas Aseguradoras, que en ningún caso constituyen por sí mismas oferta vinculante, estas están sujetas a condiciones de aprobación por la compañía de seguro, según sus condiciones de contratación.
Gescobert Correduría de Seguros, S.L. se reserva el derecho a modificar el presente Aviso Legal en cualquier momento, con el objeto de adaptarlo a los cambios normativos, o por criterios empresariales. En consecuencia, será responsabilidad de todo Usuario, la lectura del Aviso Legal vigente en cada una de las ocasiones en que acceda a este sitio web, por lo que, si éste no está de acuerdo con cualquiera de las condiciones aquí dispuestas, deberá abstenerse de acceder a él.
Propiedad Intelectual e Industrial
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Puede ponerse en contacto con nosotros bien por correo postal en la dirección Calle Marie Curie nº 5, Edif. Alfa 4º 4.6 28521 Rivas-Vaciamadrid (Madrid) o por correo electrónico a gescobert@gescobert.es. En caso de utilizar el correo electrónico nos pondremos en contacto con usted con la mayor brevedad posible.
Privacidad
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679 por el que se aprueba el Reglamento General de Protección de Datos("RGPD") GESTCOBERT ha implantado una Política de Seguridad que tiene como objetivo garantizar la aplicación de aquellas medidas de seguridad de carácter técnico y organizativo que sean necesarias, para en cada momento y teniendo en cuenta siempre el tipo de información o datos tratados, y el estado de la técnica, garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos personales tratados. De igual modo, GESTCOBERT dispone de una Política de Privacidad conforme al RGPD y en la cual se detallan, entre otras cuestiones, el alcance, finalidades y base de los tratamientos de datos realizados. Ambas Políticas se encuentran disponibles en ver Política de Privacidad. Para la prestación de sus servicios de mediación y distribución de seguros, GESTCOBERT recogerá y tratará los datos personales, incluyendo datos especialmente protegidos (principalmente, de salud) que Ud. nos proporcione, con la finalidad de prestar servicios de mediación de seguros privados, así como el mantenimiento, administración y gestión de su póliza de seguro, incluyendo la gestión de siniestros. Sino facilita los datos solicitados o, en su caso, no consiente su tratamiento para las finalidades especificadas, los servicios no podrán llevarse a cabo; es este sentido, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, establece el deber del tomador del seguro de declarar al asegurador, antes de la conclusión del contrato, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Si Ud. nos proporciona datos de terceras personas físicas.
Ud. deberá, con carácter previo a su comunicación, informarles de los extremos contenidos en el presente documento. Los datos se conservarán mientras sean necesario para la prestación de los servicios, y posteriormente durante el plazo de ejercicio de posibles reclamaciones derivadas de los mismos.
Sin perjuicio de que lean detenidamente las mismas, le facilitamos a continuación la información básica del tratamiento, donde se reflejan aquellas cuestiones más relevantes de las políticas anteriormente mencionadas:
En el caso que Vds. tengan cualquier duda en relación con la presente comunicación o cualquier otro aspecto relativo a datos de carácter personal les rogamos se pongan en contacto con el Delegado de Protección de Datos de GESTCOBERT.
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